julio 3, 2026

Modelos Productivos y Tensiones Socioecológicas

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MENONITAS

Modelos Productivos y Tensiones Socioecológicas

Los menonitas: grupo religioso-étnico cuyo origen

desde 1525 en Zurich (Suiza). Seguidores de Menno

Simons, líder del ala pacifista de anabaptista de la

reforma protestante.

Pedro Gonzáles Castro y Rutilo Tomás Rea Becerra

Introducción

La presencia de comunidades menonitas en México, especialmente de ramas tradicionales, deriva del Privilegium otorgado en 1920, que instauró una autonomía cultural entendida como derechos diferenciados desde el multiculturalismo liberal (Kymlicka, 1995). Con el tiempo, esta autonomía se articuló con modernización agrícola y expansión territorial, generando tensiones en la gobernanza de recursos comunes (Ostrom, 1990). Este análisis examina cómo tales dinámicas producen disputas socioecológicas y debates sobre soberanía biocultural (Toledo & Barrera-Bassols, 2008).

  1. El “Privilegio” histórico y la excepción jurídica

El asentamiento menonita se consolidó con el Privilegium de 1921, que otorgó autonomía educativa y autogobierno mediante la Vorstand, creando un espacio normativo híbrido analizado por el pluralismo jurídico (Santos, 2002). Desde el multiculturalismo liberal (Kymlicka, 1995), esta autonomía busca preservar identidad colectiva, aunque con límites para no vulnerar derechos individuales. La antropología jurídica (Merry, 2006) advierte que estos “micro-regímenes normativos” deben coexistir con el marco constitucional, generando tensiones entre libertad religiosa y derechos humanos.

  1. El modelo agroindustrial y la presión socioecológica

A lo largo del siglo XX, las colonias menonitas pasaron de una agricultura tradicional a un modelo agroindustrial intensivo asociado con deforestación, cambio de uso de suelo y sobreexplotación de acuíferos en Chihuahua, Durango y Yucatán (Ellis et al., 2020; Semarnat, 2023). La gobernanza de bienes comunes (Ostrom, 1990) explica cómo riego por pivote y pozos profundos transforman reglas locales, generando tragedias institucionales. La ecología política mexicana documenta desplazamientos campesinos y nuevas asimetrías (Toledo, 1990).

  1. Disputas territoriales e interseccionalidad con pueblos originarios

La expansión agrícola hacia Campeche, Quintana Roo y Yucatán ha detonado tensiones con pueblos mayas y ejidos campesinos. La compra o arrendamiento de tierras ejidales, la mecanización intensiva y el uso de agroquímicos han generado conflictos por contaminación, pérdida de polinizadores y afectación a la apicultura (García-Frapolli & Toledo, 2022; Lovera, 2019).

Desde la ecología política latinoamericana (Martínez-Alier, 2002; Svampa, 2019), estos procesos pueden entenderse como conflictos ecológico-distributivos, donde los beneficios del modelo agroindustrial se concentran en actores con mayor capitalización, mientras los costos ambientales recaen sobre comunidades indígenas con menor capacidad institucional. La disputa territorial expresa un choque entre dos racionalidades agrarias: la lógica de propiedad privada mecanizada y la soberanía biocultural de los pueblos originarios (Toledo & Barrera-Bassols, 2008), basada en la milpa, la apicultura y el manejo comunitario del territorio. Más que un conflicto económico, se trata de un conflicto epistémico que enfrenta visiones divergentes sobre la relación con la tierra, el agua y la biodiversidad.

  1. Estructura interna: Autonomía cultural, género y economía comunitaria

Las colonias de la antigua orden mantienen estructuras internas basadas en normas religiosas, división genérica del trabajo y sistemas económicos endogámicos. Las mujeres participan principalmente en tareas domésticas y agrícolas secundarias, mientras las decisiones políticas y financieras recaen en órganos masculinos (Quiring, 2018).

Desde la antropología jurídica, estas estructuras pueden interpretarse como formas de autonomía cultural restringida, donde las normas internas son válidas mientras no vulneren derechos fundamentales (Merry, 2006). Los sistemas económicos cerrados —cajas de ahorro comunitarias, redes de crédito internas— funcionan como mecanismos de autarquía comunitaria, que fortalecen la resiliencia interna, pero limitan los encadenamientos productivos con el entorno campesino mexicano. Este aislamiento económico, aunque funcional para la cohesión interna, profundiza la distancia con las dinámicas socioproductivas regionales, como también señalan estudios sobre economías endogámicas (Quiring, 2018).

Conclusión

El caso menonita en México revela la intersección de tres dimensiones analíticas que se influyen mutuamente. En primer lugar, la gobernanza de recursos comunes se ve tensionada por modelos agroindustriales intensivos que transforman ecosistemas y presionan acuíferos (Ostrom, 1990; Ellis et al., 2020). En segundo lugar, la autonomía cultural y el pluralismo jurídico plantean dilemas sobre los límites entre libertad religiosa y protección de derechos humanos (Kymlicka, 1995; Merry, 2006). Finalmente, los conflictos socioambientales evidencian la confrontación entre racionalidades agrarias distintas y la disputa por la soberanía biocultural de los pueblos originarios (Martínez-Alier, 2002; Toledo & Barrera-Bassols, 2008).

Las colonias menonitas no son únicamente enclaves culturales, sino actores agroindustriales con capacidad de transformación territorial. El desafío para el Estado consiste en armonizar la pluralidad cultural con la aplicación irrestricta de la legislación ambiental, la protección de derechos humanos y la defensa de los territorios bioculturales.

En Tu Revista Perfiles, respetamos absolutamente la voz del autor.

🎙️ COMENTARIO EDITORIAL

Referencias

Ellis, E. A., Hernández-Gómez, I. U., & Romero-Montero, J. A. (2020). Cambios de cobertura forestal y causas de deforestación en la Península de Yucatán: El papel de las comunidades agrícolas tecnificadas. Revista Mexicana de Ciencias Forestales, 11(60), 112–135.

García-Frapolli, E., & Toledo, V. M. (2022). Conflictos socioambientales en el sureste mexicano: Expansión agroindustrial menonita y resistencia biocultural maya en Hopelchén, Campeche. Ecología Política, (63), 45–52.

Kymlicka, W. (1995). Multicultural citizenship: A liberal theory of minority rights. Oxford University Press.

Lovera, P. (2019). Justicia ambiental y uso de plaguicidas: El litigio de las comunidades mayas contra el modelo de cultivo agroindustrial. Centro de Derechos Humanos de la Península de Yucatán.

Martínez-Alier, J. (2002). The environmentalism of the poor: A study of ecological conflicts and valuation. Edward Elgar.

Merry, S. E. (2006). Human rights and gender violence: Translating international law into local justice. University of Chicago Press.

Ostrom, E. (1990). Governing the commons: The evolution of institutions for collective action. Cambridge University Press.

Quiring, D. M. (2018). The Mennonite diaspora in Latin America: State protection, economic endogamy, and environmental transformation. Global Anabaptist Press.

Santos, B. de S. (2002). Toward a new legal common sense: Law, globalization, and emancipation (2nd ed.). Butterworths.

Semarnat. (2023). Informe sobre el estado acuífero y el cambio de uso de suelo en la región occidente de Chihuahua y los municipios de Campeche. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Gobierno de México.

Svampa, M. (2019). Las fronteras del neoextractivismo en América Latina: Conflictos socioambientales, giro ecoterritorial y nuevas dependencias. CALAS / Siglo XXI.

Toledo, V. M. (1990). La racionalidad ecológica de la milpa. Ciencias, (20), 37–47.

Toledo, V. M., & Barrera-Bassols, N. (2008). La memoria biocultural: La importancia ecológica de las sabidurías tradicionales. Icaria.

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